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Anti sobornos

Política Antisoborno

I. SOBORNO Y/O EXTORSIÓN
Está prohibido el soborno y la extorsión, consistente en; ofrecer, prometer, autorizar, obligar, dar y aceptar directamente o indirectamente, cualquier pago indebido o deshonesto, estímulo económico o material e incentivo a proveedores, clientes, organismos, instituciones, funcionarios de gobierno, partido político, candidato o cualquiera, a efecto de obtener alguna influencia en la iniciación o consumación de una relación de negocio, así como para influir o premiar indebidamente un acto de decisión, en beneficio de la compañía.
Si alguna persona en la empresa está siendo objeto de soborno y/o extorsión en sus relaciones de trabajo, dentro o fuera de la organización, debe reportarlo de inmediato. Es responsabilidad del funcionario reportar tales situaciones cuando se conozca el caso de una tercera persona de la empresa que esté siendo objeto de alguna clase de extorsión y/o soborno. POLÍTICAS ANTISOBORNO 2024 Versión.
II. INFORMACIÓN REPORTADA, DISPOSICIONES DE LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
Todos los funcionarios tienen la obligación de reportar la información generada en forma completa, oportuna y honesta. Todos los reportes de ventas, devoluciones, bonificaciones, capacidades utilizadas, rendimientos, mermas, faltantes, sobrantes y otros, deben ser reflejo exacto de la realidad, por lo que está prohibido distorsionar los registros y/o la información contable o bien falsear las operaciones y/o información, en cualquier caso.
Las disposiciones sobre libros y registros contables obligan a lo siguiente:
o Mantener libros y registros contables que reflejen exactamente toda operación.

o Mantener un sistema contable de control interno que pueda detectar y evitar pagos ilícitos.

o Que las operaciones se ajusten a las normas de información financiera nacionales y a las Normas de información financiera internacionales, según resulta aplicable.

o Todas las transacciones financieras deben ser registradas, impresas y estar disponibles.

o Cumplir con la legislación vigente en cuestiones fiscales y legales.

 

III. PRACTICAS ILEGALES
Se prohíbe la utilización de prácticas ilegales para obtener cualquier beneficio.
El término prácticas ilegales se utiliza para designar aquellas maniobras realizadas para eludir las obligaciones que tendrían que llevar a cabo, entre estas prácticas están:
o El comercio Ilícito

o El comercio Informal

o La violación a las leyes y normas laborales.

 

Masagro e Indalvagro y todos sus funcionarios, promueve prácticas que combaten y evitan la soborno para generar inversiones y relaciones de negocio sanas y competitivas.
POLÍTICAS ANTISOBORNO 2024 Versión
IV. DONATIVOS Y PATROCINIOS
Está prohibido realizar donativos políticos o benéficos en contravención a lo expresamente permitido por la legislación aplicable.
Los donativos benéficos y los patrocinios otorgados por la empresa deben ser transparentes y de conformidad con la política establecida para tales fines, así como las leyes aplicables.
V. CONFLICTO DE INTERES
Conflicto de interés es la circunstancia o situación personal de parentesco, patrimonial o de cualquier otra índole que impide a un consejero o funcionario, tener objetividad en la toma de decisiones y que puede hacer suponer que prevalece el interés propio por encima del interés de la empresa y de sus accionistas.
a. Se espera que quienes laboran en la empresa dediquen su talento y su mejor esfuerzo a la misma y guarden para ella un sentido de lealtad. Esto significa que los funcionarios no deben:

Participar en cualquier negocio o actividad que de manera directa o indirecta compita o interfiera con la empresa.

Evitar desarrollar una actividad externa a la empresa que demande una cantidad de tiempo y esfuerzo que pueda afectar su capacidad y disponibilidad para cumplir con sus obligaciones que tienen con la misma.

Tomar provecho de su puesto o posición en la compañía para obtener beneficios personales, incluyendo a miembros de su familia o terceras personas.

Recibir ingresos y/o beneficios de proveedores, competidores o clientes.

b. No está permitido que los funcionarios sean al mismo tiempo proveedores de nuestra empresa. De ahí que quien sea propietario de algún negocio debe abstenerse de proveer a Masagro e Indalvagro de sus productos y/o servicios.

c. Las situaciones que involucran un conflicto de interés no siempre son obvias o fáciles de resolver. Se espera que los funcionarios reporten los conflictos de interés reales y potenciales a áreas de Recursos Humanos.
POLÍTICAS ANTISOBORNO 2024 Versión
VI. SANCIONES
Toda violación a alguna norma contenida en la presente Política será objeto de sanciones, las cuales están determinadas en el Reglamento Interno de Trabajo y en la Política de Disciplina Progresiva, de Masagro e Indalvagro.
En caso de delitos o faltas graves, la sanción será desde el despido hasta la denuncia penal ante las autoridades correspondientes.
En cualquier caso, la empresa rechaza y sanciona el uso de castigos corporales, coerción mental o física y abusos verbales por parte de los jefes hacia los funcionarios.
VII. CONCLUSIÓN
La presente política antisoborno es un complemento al Código de Ética de Masagro e Indalvagro, permite eliminar prácticas de soborno. Destaca el compromiso para actuar en forma ética, honesta y responsable ante cualquier trato o negocio a nombre de la empresa.

Derechos humanos: La presente política se aplica a todos los colaboradores de MASINDUTRIA.
Además, se hace extensivo su propósito a nuestros proveedores, a quienes solicitamos consideren las directrices aquí detalladas en la relación con nuestros colaboradores y al interior de sus propios equipos.
Complementa a este tema nuestro Código de Ética y nuestra Política de Diversidad e inclusión.
1. RESPONSABILIDADES
La Gerencia General es la responsable de liderar la debida diligencia en derechos humanos, coordinando la participación de otras áreas en la identificación y gestión de los riesgos; como gestión de los riesgos se entiende la implementación de las diferentes medidas que se acuerden.
Es asimismo responsable del monitoreo de los avances en la implementación de dichas medidas, para que puedan ser transparentadas por esta Gerencia General, la Gerencia Financiera, Jefatura de Operaciones, Mantenimiento y Taller, Área Contable, Compras e Importaciones y Comercial.
El departamento Comercial, es responsable de promover la cultura de respeto a los derechos humanos entre los colaboradores, y también en la relación de éstos con los grupos de interés externos (clientes, proveedores, etc.).
El departamento de Compras e Importaciones es responsable de promover las buenas prácticas ASG (ambientales, sociales y de gobernanza) entre los proveedores, como parte de su proceso para participar en la cadena de suministro de MASINDUSTRIA; ello incluye aspectos con riesgos para los derechos humanos (ej. condiciones laborales de los proveedores).
El departamento de mantenimiento y taller supervisará el avance de la compañía en la debida diligencia en derechos humanos, incluyendo la aplicación de las medidas que se definan para prevenir y/o mitigar los riesgos. Igualmente da seguimiento al desarrollo de una cultura de respeto a los derechos humanos en la compañía.
El área de recurso humanos recibirá, analizará y dará resolución a las denuncias por incumplimiento a la autorregulación de la empresa o, incluyendo el Código de Ética y la presente política.
La política y los documentos asociados son de obligatorio cumplimiento para todo el personal de MASINDUSTRIA. Av. Galo Plaza Lasso N53-285 y Los Pinos, Quito Telefax: (593)02 2415-756 Celular: 099 392 8211 / 212 / 213 /214 www.masindustria.com
Políticas derechos humanos MAS INDUSTRIA 2024
2. REFERENCIAS NORMATIVAS
Internacionales:
La presente política está alineada a los Principios Rectores sobre las empresas y los Derechos Humanos (2011): puesta en práctica en el marco de las Naciones Unidas para “proteger, respetar y remediar”. Asimismo, con los objetivos de los 10 Principios del Pacto Global de las Naciones Unidas (2000).
Se reconoce como Derechos Humanos a todos aquellos enlistados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), así como en los siguientes instrumentos y acuerdos internacionales:
• Carta Internacional de los Derechos Humanos (1948).
• Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965).
• Pacto Internacional de los Derechos Humanos (1966).
• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

(1966).
• Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de

Discriminación contra la Mujer (1979).
• Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores (1991).
• Convención sobre los Derechos del Niño (2006).
• Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2008).
• Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (2018).
• Asimismo, la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo -OIT (1988) relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y los ocho convenios fundamentales que establece la organización.
• De igual manera, se consideran las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales (2011) como marco de referencia de clase mundial y la Guía de la OCDE de Debida Diligencia para una Conducta Empresarial Responsable (2018).
• Principios de Ecuador (actualizados en 2019).

Nacionales:
• Código del Trabajo (actualización de 2021).
• Ley orgánica integral para la prevención y erradicación de la violencia de género contra las mujeres (2018).
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• Acuerdo Ministerial 82 (MDT-2017-0082), que establece la normativa para la erradicación de la discriminación en el ámbito laboral (2017).
• Plan Nacional de Derechos Humanos (Decreto Ejecutivo No.1527)

(1998).
Autorregulación de MASINDUSTRIA:
• Código de Ética
• Política de Sostenibilidad
• Política Inclusión
• Política Antisoborno
• Política de Riesgos y bienestar Social

3. TÉRMINOS Y DEFINICIONES
Accesibilidad de recursos naturales: Se refiere a la disponibilidad de una comunidad de hacer uso de los recursos naturales de su entorno, que puede verse afectada por las actividades económicas que se desarrollen.
Debida diligencia: Responsabilidad y proceso de identificar, prevenir, mitigar y rendir cuentas sobre los posibles impactos de la compañía a los derechos humanos.
Derechos humanos: Aquellos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción de condición alguna; la universalidad queda establecida desde el derecho internacional, a lo que se suma su integración en normativas nacionales y en lineamientos de compañías y organizaciones sociales.
Discriminación: Acciones de distinción, exclusión y restricción que con o sin intención son realizadas con base en la intolerancia, el rechazo y la ignorancia y que tienen como resultado obstaculizar, menospreciar y restringir el valor, la igualdad y el reconocimiento de los derechos humanos de una persona, todo esto debido a diferencias y características individuales.
Diversidad: Noción que hace referencia a la diferencia, la variedad, la abundancia de cosas distintas o la desemejanza. La diversidad no implica la aceptación de las distinciones de género, estado civil, edad, religión, raza, opinión política, clase social o económica, origen étnico, nacionalidad, orientación sexual o discapacidad.
Identidad local: Sentido de pertenencia construido sobre el acervo cultural y la vinculación con el entorno, incluyendo sitios de especial significado para las comunidades por su carácter ceremonial, religioso, histórico, etc.
Partes Interesadas o Grupos de Interés: Individuo o grupo de individuos interesados o afectados por el desempeño ambiental y social de la organización, tales como: colaboradores, clientes, accionistas, corresponsales no bancarios, proveedores, prestadores de servicios, comunidad, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, etc., que indican la existencia de demanda registrada, respecto a algún impacto ambiental. Av. Galo Plaza Lasso N53-285 y Los Pinos, Quito Telefax: (593)02 2415-756 Celular: 099 392 8211 / 212 / 213 /214 www.masindustria.com
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Protección y privacidad de la información: Resguardo de la información facilitada por los diferentes grupos de interés y resultante de las operaciones de la compañía, y su utilización con fines lícitos y autorizados por las partes implicadas.
Trabajo infantil: cualquier tipo de trabajo realizado por un niño menor a 15 años (a menos de que la ley local especifique una edad superior, en cuyo caso se aplica ese límite de edad).
Trabajo forzoso: Cualquier tipo de trabajo exigido a una persona bajo cualquier tipo de amenaza, coacción y/o violencia, ya sea financiera, física y/o psicológica.
Trata de personas: Se presenta cuando una persona solicita, ofrece, facilita, consigue, traslada, entrega o recibe, a una persona, por medio de la violencia física o moral, el engaño o el abuso de poder, para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas, o cualquier otro fin en contra de la voluntad del individuo.
Violencia: Uso intencional de la fuerza física y/o, amenazas contra una persona, grupo o comunidad, que produce una alteración del bienestar del individuo/s y afecta a sus derechos y libertades.
4. LINEAMIENTOS POR GRUPO DE INTERÉS
•PERSONAL
Velamos por la integridad de nuestros trabajadores y promovemos una cultura basada en el respeto, rechazando cualquier forma de discriminación, acoso y/u acto de violencia física o psicológica.
Garantizamos el libre ejercicio de los derechos individuales y la privacidad de nuestros trabajadores.
Ofrecemos a nuestros trabajadores condiciones de trabajo conforme a la ley y basadas en el beneficio mutuo, incluyendo la remuneración justa y el derecho a la negociación colectiva y actividad sindical.
Prohibimos cualquier forma de explotación, trabajo forzoso, trata de personas o trabajo infantil.
Ponemos a disposición de nuestros colaboradores la infraestructura y medidas necesarias para garantizar su salud y seguridad, además de promover el autocuidado y el desempeño diligente.
•CLIENTES
Ofrecemos a nuestros clientes productos y servicios según sus necesidades y posibilidades, otorgándoles con total transparencia información exhaustiva, que les permita entender los términos y condiciones y tomar una decisión informada.
Protegemos los derechos individuales de nuestros clientes a través de procesos que garantizan la seguridad física, bancaria e informática. Av. Galo Plaza Lasso N53-285 y Los Pinos, Quito Telefax: (593)02 2415-756 Celular: 099 392 8211 / 212 / 213 /214 www.masindustria.com
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Respetamos la diversidad de nuestros clientes, evitando cualquier tipo de práctica discriminatoria en el trato y en el servicio.
Nos comprometemos a aplicar los procesos de debida diligencia que sean necesarios para identificar, prevenir y mitigar cualquier riesgo e impacto en los derechos humanos que puedan ser causados por los proyectos financiados por el banco.
•PROVEEDORES
Requerimos el cumplimiento de la presente política, de nuestro Código de Ética y del resto de las políticas ASG (ambientales, sociales y de gobernanza) de MASINDUSTRIA, así como las diferentes normas y regulaciones locales y nacionales.
Adicionalmente, requerimos a los proveedores que resguarden la ausencia de casos de trabajo forzoso e infantil en sus plantillas y en sus propias cadenas de suministro. De la misma manera, que garanticen la salud y seguridad de sus trabajadores, proporcionen condiciones laborales adecuadas y respeten la diversidad.
Nos comprometemos a aplicar los procesos de debida diligencia que sean necesarios para identificar, prevenir y mitigar cualquier riesgo e impacto en los derechos humanos de los proveedores de MASINDUSTRIA.
•COMUNIDADES
Respetamos los derechos de las comunidades locales del entorno de nuestra operación.
Destacamos como derechos humanos de las comunidades el derecho a la tierra y la accesibilidad de los recursos naturales, a un ambiente sano, a la convivencia pacífica, a los valores culturales y la identidad local, y los derechos frente a los desplazamientos de comunidades vulnerables y/o recolocación de comunidades, entre otros.

En el presente documento se instrumenta la Política de Protección de Datos Personales (la“Política”), la cual será de obligatorio cumplimiento para todos los trabajadores, proveedores y clientes de REPRESENTACIONES INDUSTRIALES AGRÍCOLAS ALVAREZ & ASOCIADOS INDALVAGRO CIA. LTDA. (“INDALVAGRO CIA. LTDA.”). La Política establecerá la guía y los principios bajo los cuales INDALVAGRO CIA. LTDA. se regirá en sus relaciones y procesos en los cuales se realice un tratamiento de datos personales.